Hasta 60 años de cárcel por matar a un homosexual o un funcionario.
El nuevo Código Penal califica como un “homicidio agravado” aquel que se comete contra un homosexual, alto funcionario, enfermo o embarazada, entre otros. En el artículo 99 del Código Penal, que explica el “homicidio agravado”, se establecen penas de 30 a 40 años cuando la víctima sea “cualquier persona en razón de su sexo, preferencia u orientación sexual”. Además, contra un niño o adolescente, ascendiente o descendente familiar, una persona vulnerable en razón de edad, enfermedad incapacidad, deficiencia física, psíquica o estado de embarazo. Igualmente cuando la víctima sea cónyuge, excónyuge, conviviente o exconviviente del autor. El homicidio simple impone castigos de 10 a 20 años de prisión.
También resultará un homicidio agravado si se comente contra altos funcionarios. Son los casos del presidente o vicepresidente, un legislador, un juez miembro de los altos tribunales, miembro de la Junta Central Electoral, Cámara de Cuentas, Defensor del Pueblo o miembro del Ministerio Público. También en caso de que una persona “encargada de una misión de servicio público”, haya sido muerta cuando se encuentre en el ejercicio de sus funciones. Ver Mas Aqui

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