Vehículos transitan en el país como “chivos sin ley” a la vista de todos
Al igual que las personas, los vehículos necesitan una identificación oficial que los diferencien de los demás.
Esta tablilla de metal que combina letras y números contiene el registro asignado, razón por la que su correcta exhibición es obligatoria.
Pero en violación a esta disposición, en la República Dominicana muchos vehículos transitan por avenidas céntricas de ciudades y por carreteras que interconectan provincias sin portar de manera visible la placa vehicular.
El artículo 165 de la recién promulgada Ley de 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana explica que todo vehículo de motor portará sus placas colocadas en las partes delantera y trasera.
No podrán estar ocultas, ni ser impedida su visibilidad con objetos de carácter ornamental o de otro tipo. La placa trasera deberá estar alumbrada por luz incolora o ser de material retro-reflectivo. (Más información)
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