Comisión electoral dará hoy fecha para proclamar a Hipólito
Enmanuel Esquea Guerrero anunció ayer la convocatoria de la Convención Nacional Extraordinaria para proclamar los candidatos a presidente y vicepresidente de la República por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) para 2012.
Sin embargo, el artículo 31, acápite b de los Estatutos del PRD, establece que esa es una atribución del Comité Ejecutivo Nacional (CEN). Según el artículo 22 de los estatutos del partido, la Convención Nacional se reunirá ordinariamente cada cuatro años y extraordinariamente cuando sea convocada por el CEN.
Asimismo, el acápite b del artículo 24 del mismo reglamento dice lo siguiente: “Son atribuciones de la Convención Extraordinaria conocer los resultados de las elecciones primarias y proclamar los(as) candidatos(as) del Partido a la Presidencia y la Vicepresidencia de la República escogidos de acuerdo a estos estatutos generales”. LEER MÁS>>
Asimismo, el acápite b del artículo 24 del mismo reglamento dice lo siguiente: “Son atribuciones de la Convención Extraordinaria conocer los resultados de las elecciones primarias y proclamar los(as) candidatos(as) del Partido a la Presidencia y la Vicepresidencia de la República escogidos de acuerdo a estos estatutos generales”. LEER MÁS>>
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